martes, 3 de noviembre de 2009

Concejo Provincial de Ascope…APRUEBAN MEDIDAS PREVENTIVAS PARA SEGURIDAD CIUDADANA

El Concejo Provincial de Ascope aprobó el día 30 de octubre del presente año, la ordenanza municipal Nº 15-2009-MPA, que aprueba medidas preventivas en lo que se refiere a seguridad ciudadana en la jurisdicción de la Provincia de Ascope, donde incluyen temas como expendio de bebidas alcohólicas, horario de atención de lugares nocturnos que cuenten con autorización municipal, control de videos de carácter violento que se trasmitan en ómnibus de las empresas de transporte interprovincial, entre otros y es de vigencia obligatoria en toda la provincia, sin perjuicio de las normas que sobre la materia hayan emitido o emitirán las municipalidades distritales, siempre y cuando no se contraponga.

Esta ordenanza municipal consta de 10 artículos, dos disposiciones complementarias y tres disposiciones transitorias y finales. Sobre el expendio y consumo de bebidas alcohólicas se aprobó que la venta de bebidas alcohólicas en todo tipo de local o establecimiento con autorización municipal se realicen hasta las 10 de la noche, de lunes a viernes, y de sábados a domingos hasta las 12 de la medianoche; además, esta prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en vías publicas, parques, plazas, plazuelas y jardines de la jurisdicción de la provincia. “Restablecer la seguridad y tranquilidad a nuestra ciudadanía es nuestro principal objetivo en la actualidad”; acotó el Alcalde provincial Mario Velarde Carrión, quién espera que con esta ordenanza municipal, se logre buenos resultados en la jurisdicción de la provincia.

Se denunciara ante el ministerio publico a los propietarios o conductor del local o establecimiento que se dedique a la venta de bebidas alcohólicas y cigarros a menores de edad; asimismo, el funcionamiento de los lugares o establecimientos con permiso especial de la Municipalidad Provincial de Ascope que realicen en horario nocturno como clubes (no importa razón social), peñas, restaurantes turísticos, discotecas, salones de baile, video pubs, bares, entre otros, podrán atender sábados y domingos desde las 9 de la noche a 2 de la madrugada, quedando estrictamente prohibido realizar actividades de lunes a viernes y estará prohibido el ingreso de menores de edad, teniendo la obligación los propietarios de los locales nocturnos a solicitar a todas las personas que asistan a sus respectivos eventos su documento nacional de identidad para su respectivo ingreso.

La Municipalidad Provincial de Ascope podrá autorizar la extensión de los horarios establecidos solo para fechas conmemorativas y de relevancia. El incumplimiento de las disposiciones de la ordenanza municipal sin perjuicio de las denuncias correspondientes acarreara a los infractores las sanciones que incluyen el cierre temporal y definitivo de sus locales o establecimientos. En las disposiciones complementarias se acuerda la suspensión temporal de la vigencia de la ordenanza municipal Nº 03-2004-MPA, que regula el procedimiento para el procedimiento para la obtención de la autorización especial de funcionamiento de establecimientos para funcionar después de las 23 horas, hasta que las autoridades policiales informen que se ha superado la ola delincuencial y de crímenes en la jurisdicción de la provincia de Ascope.

El cumplimiento de la presente ordenanza estará a cargo por las direcciones de rentas y transportes de la Municipalidad Provincial de Ascope en coordinación con la Policía Nacional y el Ministerio de Público, en los diferentes operativos sorpresas que se realicen en los diferentes distritos de la provincia de Ascope.

Transporte interprovincial no se salva…
En un artículo de la ordenanza sobre el transporte interprovincial, el concejo provincial de Ascope aprobó también la prohibición de la transmisión de películas de corte violento o que contengan escenas eróticas durante el traslado de pasajeros.

Por: Pedro Flores Chávez

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